Art. 1

Art. 1

En vigor desde 28 ago 2008
Artículo 1 Con respecto a la licitación parcial que concluye el 28 de agosto de 2008, el importe máximo de la restitución por exportación de los productos mencionados en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 900/2007, será de 21,957 EUR/100 kg.
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