Art. 11 · Examen de las ofertas

Art. 11

Examen de las ofertas

En vigor desde 20 ago 2008
Artículo 11 Examen de las ofertas 1.   Las autoridades competentes de los Estados miembros decidirán sobre la validez de las ofertas sobre la base de las condiciones establecidas en el artículo 10, apartado 2. 2.   Las personas autorizadas para recibir y examinar las ofertas tendrán la obligación de no revelar ningún elemento relativo a dichas ofertas a personas no autorizadas. 3.   Cuando las autoridades competentes de los Estados miembros decidan que una licitación no es válida, informarán de ello al licitador.
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