Art. 28
Definiciones
En vigor desde 6 ago 2008
Artículo 28
Definiciones
A efectos de la presente Sección, se entenderá por:
1)
«capital»: participación en la propiedad de una empresa, representada por las acciones emitidas a sus inversores;
2)
«cuasicapital»: instrumentos financieros cuya rentabilidad para su tenedor se basa predominantemente en los beneficios o las pérdidas de la empresa objetivo subyacente y que no están garantizados en caso de impago;
3)
«valores privados (private equity)»: inversión de capital o cuasicapital privado (es decir, no público) en sociedades sin cotización en un mercado de valores; incluye el capital de especulación;
4)
«capital inicial»: financiación facilitada para estudiar, evaluar y desarrollar un concepto inicial que precede a la fase de puesta en marcha;
5)
«capital de puesta en marcha»: financiación proporcionada a empresas que no han vendido su producto o su servicio comercialmente, por lo que aún no están generando beneficios, para el desarrollo de sus productos y la comercialización inicial;
6)
«capital de expansión»: financiación proporcionada para el crecimiento y la expansión de una empresa, que puede o no alcanzar un punto de equilibrio financiero o resultar rentable, con el objetivo de aumentar la capacidad de producción, el desarrollo del mercado o del producto o la provisión de capital de explotación adicional;
7)
«estrategia de salida»: estrategia para la liquidación de participaciones por parte de un fondo de capital de especulación o de un fondo de capital de inversión con arreglo a un plan para lograr la máxima rentabilidad, como puede ser la venta comercial, las amortizaciones, el reembolso de acciones/préstamos preferentes, la venta a otro inversor de capital de especulación, la venta a una entidad financiera y la venta mediante oferta pública (incluida la Oferta Pública Inicial);
8)
«empresa o sociedad objetivo»: empresa o sociedad en la que un inversor o fondo de inversión está considerando invertir.
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