Art. 1 · Ámbito de aplicación

Art. 1

Ámbito de aplicación

En vigor desde 27 jun 2008
Artículo 1 Ámbito de aplicación Se abre una licitación permanente para determinar la restitución por exportación para los productos lácteos siguientes, mencionados en la sección 9 del anexo 1 del Reglamento (CEE) no 3846/87 de la Comisión (7), garantizando la igualdad de acceso a todas las personas establecidas en la Comunidad: a) mantequilla natural en bloques de al menos 20 kilogramos de peso neto, perteneciente al código de producto ex ex 0405 10 19 9700; b) butteroil en recipientes de al menos 20 kilogramos de peso neto, perteneciente al código de producto ex ex 0405 90 10 9000; c) leche desnatada en polvo en bolsas de al menos 25 kilogramos de peso neto y a la que se haya añadido como máximo un 0,5 % en peso de materias no lácticas, perteneciente al código de producto ex ex 0402 10 19 9000.
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