Art. 1
Objeto y definición
En vigor desde 5 jun 2008
Artículo 1
Objeto y definición
1. El presente Reglamento establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 3/2008, especialmente en lo que se refiere a la elaboración, la selección, la ejecución, la financiación y el control de los programas contemplados en el artículo 6 de dicho Reglamento.
2. Se entenderá por «programa» un conjunto de acciones coherentes cuyo alcance sea suficiente para contribuir a aumentar la información sobre los productos en cuestión, así como su comercialización.
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