Art. 1

Art. 1

En vigor desde 29 may 2008
Artículo 1 Con respecto a la licitación parcial que concluye el 29 de mayo de 2008, el importe máximo de la restitución por exportación de los productos mencionados en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 900/2007, será de 34,836 EUR/100 kg.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2008:476:oj#art-1