Art. 48
Derogación
En vigor desde 8 may 2008
Artículo 48
Derogación
Queda derogado el Reglamento (CE) no 1622/2000.
Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo XXIII.
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