Art. 48 · Derogación

Art. 48

Derogación

En vigor desde 8 may 2008
Artículo 48 Derogación Queda derogado el Reglamento (CE) no 1622/2000. Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo XXIII.
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