Art. 12
Lisozima
En vigor desde 8 may 2008
Artículo 12
Lisozima
La lisozima cuyo uso está previsto en la letra r) del punto 1 y en la letra z ter) del punto 3 del anexo IV del Reglamento (CE) no 1493/1999 sólo podrá utilizarse si se ajusta a las prescripciones que figuran en el anexo VIII del presente Reglamento.
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