Art. 74 · Validez de los certificados

Art. 74

Validez de los certificados

En vigor desde 29 abr 2008
Artículo 74 Validez de los certificados Los certificados de importación y exportación serán válidos en toda la Comunidad.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2008:479:oj#art-74