Art. 126.tit_1
Medidas que deberán tomar las autoridades aduaneras
En vigor desde 23 abr 2008
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2008:450:oj#art-126.tit_1
Medidas que deberán tomar las autoridades aduaneras
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
eli:reg:2008:450:oj#art-126.tit_1