Art. 1
En vigor desde 14 abr 2008
Artículo 1
A efectos del presente Reglamento, se entenderá por «cantidad sobrepescada en el año 2007» la cantidad capturada por encima de la cuota de bacalao (Gadus morhua) asignada a Polonia en el Mar Báltico (subdivisiones 25-32, aguas de la CE) en el año 2007.
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