Art. 1

Art. 1

En vigor desde 10 abr 2008
Artículo 1 Con respecto a la licitación parcial que concluye el 10 de abril de 2008, el importe máximo de la restitución por exportación de los productos mencionados en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 900/2007, será de 31,916 EUR/100 kg.
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