Art. 30
Privilegios e inmunidades
En vigor desde 20 feb 2008
Artículo 30
Privilegios e inmunidades
Se aplicará a la Agencia el Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas, anejo a los Tratados constitutivos de la Comunidad Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2008:216:oj#art-30