Art. 1 · Objetivo

Art. 1

Objetivo

En vigor desde 20 feb 2008
Artículo 1 Objetivo El presente Reglamento establece un marco común para los registros de empresas utilizados con fines estadísticos en la Comunidad. Los Estados miembros crearán uno o más ficheros armonizados para fines estadísticos, que servirán como herramienta de preparación y coordinación de encuestas, como fuente de información para el análisis estadístico de la población de empresas y de su demografía, para la utilización de datos administrativos y para la detección y construcción de unidades estadísticas.
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