Art. 93

Art. 93

En vigor desde 18 feb 2008
Artículo 93 Dentro del límite de las competencias conferidas a la Comisión en el Acuerdo ACP-CE y en las condiciones previstas en el anexo IV de dicho Acuerdo, esta institución adoptará las medidas necesarias para garantizar la publicación de las licitaciones internacionales en el Diario Oficial de la Unión Europea y en Internet.
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