Art. 23

Art. 23

En vigor desde 5 feb 2008
Artículo 23 1.   El organismo competente efectuará licitaciones específicas durante el período de validez de la licitación permanente. 2.   El plazo para la presentación de las ofertas en respuesta a cada una de las licitaciones específicas vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del tercer martes de cada mes. No obstante, en agosto vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del cuarto martes y, en diciembre, a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del segundo martes. Si el martes coincide con un día festivo, el plazo vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del día hábil anterior.
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