Art. 14
En vigor desde 5 feb 2008
Artículo 14
1. Las partes interesadas participarán en la licitación anunciada por el organismo competente de un Estado miembro, ya sea presentando la oferta por escrito contra acuse de recibo, ya sea utilizando cualquier otro medio de telecomunicación escrita con acuse de recibo.
2. En las ofertas se indicarán los datos siguientes:
a)
el nombre y dirección del licitador;
b)
la cantidad ofrecida a la venta;
c)
el precio propuesto, sin contar los impuestos y gravámenes nacionales, por cada 100 kilogramos de mantequilla entregados en el muelle del almacén frigorífico, expresado en EUR con dos decimales como máximo;
d)
el nombre y el número de autorización de la empresa autorizada al amparo del artículo 4, apartado 1;
e)
las fechas de fabricación de la mantequilla, y
f)
el lugar donde se halla la mantequilla.
3. La oferta solo será válida si:
a)
se refiere a una cantidad de mantequilla que cumpla los requisitos del artículo 3, apartado 4;
b)
la mantequilla se ha producido durante los 31 días anteriores a la fecha de cierre de la licitación;
c)
va acompañada de un compromiso escrito del licitador de cumplir las disposiciones del artículo 11, apartado 2;
d)
se aporta la prueba de que el licitador ha constituido en el Estado miembro donde se presente la oferta una garantía de 5 EUR por cada 100 kilogramos para la licitación de que se trate, antes de que expire el plazo de presentación de ofertas mencionado en el artículo 13, apartado 3.
4. El compromiso contemplado en el apartado 3, letra c), transmitido inicialmente al organismo competente, se considerará renovado tácitamente para las ofertas posteriores hasta que se produzca la expresa denuncia del licitador o del organismo competente, siempre que:
a)
la oferta inicial puntualice que el licitador tiene la intención de acogerse a las disposiciones del presente apartado;
b)
las ofertas posteriores hagan referencia a las disposiciones del presente apartado y a la fecha de la oferta inicial.
5. El organismo competente registrará el día de recepción de la oferta, las cantidades y fechas de fabricación correspondientes y el lugar en que se encuentre almacenada la mantequilla ofrecida.
6. La oferta no podrá retirarse una vez finalizado el plazo mencionado en el artículo 13, apartado 3, para la presentación de ofertas de la licitación correspondiente.
Historial de versiones
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