Art. 1 · Ámbito de aplicación y empleo de los términos

Art. 1

Ámbito de aplicación y empleo de los términos

En vigor desde 21 dic 2007
Artículo 1 Ámbito de aplicación y empleo de los términos 1.   El presente Reglamento establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 2200/96, del Reglamento (CE) no 2201/96 y del Reglamento (CE) no 1182/2007. 2.   Salvo que el presente Reglamento establezca otra cosa, los términos empleados en los Reglamentos mencionados en el apartado 1 tendrán el mismo significado cuando se utilicen en el presente Reglamento.
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