Art. 1
Creación de una empresa común
En vigor desde 20 dic 2007
Artículo 1
Creación de una empresa común
1. Para la ejecución de la iniciativa tecnológica conjunta sobre medicamentos innovadores, se crea una empresa común por un período que abarca hasta el 31 de diciembre de 2017 (en lo sucesivo, «la Empresa Común IMI»).
2. La Empresa Común IMI tendrá su sede en Bruselas (Bélgica).
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