Art. 14 · Acceso por parte de las autoridades competentes

Art. 14

Acceso por parte de las autoridades competentes

En vigor desde 20 dic 2007
Artículo 14 Acceso por parte de las autoridades competentes Las autoridades competentes dispondrán de pleno acceso en todo momento al sistema de pesaje, los cuadernos de pesaje, las declaraciones escritas y todas las instalaciones donde se transforme y conserve el pescado.
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