Art. 3
Forma de la etiqueta
En vigor desde 17 dic 2007
Artículo 3
Forma de la etiqueta
1. La información señalada en el artículo 2 figurará en una etiqueta que llevarán adherida los productos y aparatos a que se refiere el presente Reglamento.
2. La información destacará sobre el fondo y será de un tamaño suficiente e irá espaciada de forma tal que pueda leerse fácilmente.
Cuando la información exigida por el presente Reglamento se añada en una etiqueta ya adherida al producto o aparato, no podrán utilizarse caracteres de un tamaño inferior al de los caracteres más pequeños de la información que ya figure en la etiqueta.
3. La etiqueta y su contenido estarán diseñados íntegramente de tal modo que permanezcan firmemente adheridos al producto o aparato y sean legibles, en condiciones normales de funcionamiento, durante todo el tiempo en el que el producto o aparato contenga gases fluorados de efecto invernadero.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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