Art. 1
En vigor desde 17 dic 2007
Artículo 1
El Reglamento (CE) no 312/2003 queda modificado como sigue:
1)
En el artículo 3 se añade el apartado 3 siguiente:
«3. El volumen anual del contingente arancelario correspondiente al número de orden 09.1941 del anexo del presente Reglamento se aumentará cada año en un 5 % de la cantidad inicial a partir del 1 de enero de 2005.».
2)
El anexo queda modificado tal como se indica en el anexo del presente Reglamento.
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