Art. 1
En vigor desde 12 dic 2007
Artículo 1
Los coeficientes de atribución que figuran en el anexo del presente Reglamento se aplicarán a las cantidades para las que se han solicitado certificados de importación en relación con los productos de los contingentes contemplados en la parte I.A, I.D, I.E, I.F, I.H e I.I. del anexo I del Reglamento (CE) no 2535/2001, presentadas para el período comprendido entre el 20 y el 30 de noviembre de 2007.
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