Art. 9 · Entrada en vigor y aplicabilidad

Art. 9

Entrada en vigor y aplicabilidad

En vigor desde 11 dic 2007
Artículo 9 Entrada en vigor y aplicabilidad El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 31 de diciembre de 2008.
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