Art. 17 · Disposiciones de aplicación

Art. 17

Disposiciones de aplicación

En vigor desde 13 nov 2007
Artículo 17 Disposiciones de aplicación Las medidas destinadas a modificar elementos no esenciales del presente Reglamento en lo que respecta a la actualización o la introducción de modificaciones técnicas en los formularios normalizados establecidos en los anexos I y II se adoptarán de conformidad con el procedimiento de reglamentación con control contemplado en el artículo 18, apartado 2.
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