Art. 3
Definiciones
En vigor desde 5 nov 2007
Artículo 3
Definiciones
A los efectos del presente Reglamento se aplicarán las siguientes definiciones:
a)
«operación de pesca»: conjunto de actividades para buscar pescado, largar, calar o halar un arte de pesca y retirar las capturas del arte;
b)
«plan de despliegue conjunto»: un plan en el que se especifican los mecanismos operativos para desplegar los medios de control e inspección disponibles.
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