Art. 77 · Ayudas para la adquisición de cuotas

Art. 77

Ayudas para la adquisición de cuotas

En vigor desde 22 oct 2007
Artículo 77 Ayudas para la adquisición de cuotas Ninguna autoridad pública podrá conceder ayudas financieras directamente vinculadas a la adquisición de cuotas mediante venta, transferencia o asignación en aplicación de la presente sección.
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