Art. 190 · Disposiciones financieras

Art. 190

Disposiciones financieras

En vigor desde 22 oct 2007
Artículo 190 Disposiciones financieras El Reglamento (CE) no 1290/2005 y sus normas de desarrollo se aplicarán a los gastos que efectúen los Estados miembros como consecuencia de las obligaciones que se derivan del presente Reglamento.
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