Art. 1
En vigor desde 26 sept 2007
Artículo 1
No obstante lo dispuesto en el artículo 54, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1782/2003, en 2008 los agricultores no estarán obligados a retirar de la producción las hectáreas subvencionables en virtud de los derechos de retirada para poder beneficiarse de los importes fijados por dichos derechos.
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