Art. 30 · Derogación

Art. 30

Derogación

En vigor desde 18 sept 2007
Artículo 30 Derogación 1.   Queda derogado el Reglamento (CE) no 779/97. 2.   Queda derogado el artículo 19 bis, apartado 1 bis, del Reglamento (CEE) no 2847/93.
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