Art. 32 · Informe final

Art. 32

Informe final

En vigor desde 9 ago 2007
Artículo 32 Informe final El informe final sobre la ejecución del programa operativo conjunto incluirá, mutatis mutandis, los mismos elementos que los informes anuales, anexos incluidos, para la totalidad del período de vigencia del programa. Deberá presentarse, a más tardar, el 30 de junio de 2016.
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