Art. 1

Art. 1

En vigor desde 19 jul 2007
Artículo 1 Con respecto a la licitación parcial que concluye el 19 de julio de 2007, el importe máximo de la restitución por exportación de los productos mencionados en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 958/2006, será de 39,695 EUR/100 kg.
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