Art. 35
Transmisión de información a la Comisión
En vigor desde 28 jun 2007
Artículo 35
Transmisión de información a la Comisión
Los Estados miembros comunicarán periódicamente a la Comisión la siguiente información:
a)
nombre y dirección de las autoridades competentes y, cuando proceda, sus códigos numéricos y sus marcas de conformidad;
b)
listas de las autoridades y organismos de control, sus códigos numéricos y, cuando proceda, sus marcas de conformidad. La Comisión publicará periódicamente la lista de las autoridades y organismos de control.
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