Art. 1

Art. 1

En vigor desde 14 jun 2007
Artículo 1 Con respecto a la licitación parcial que concluye el 14 de junio de 2007, el importe máximo de la restitución por exportación de los productos mencionados en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 958/2006, será de 38,778 EUR/100 kg.
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