Art. 1
En vigor desde 30 may 2007
Artículo 1
El artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 2659/94 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El importe de la ayuda al almacenamiento privado de queso queda fijado del modo siguiente:
—
0,48 EUR por tonelada y día de almacenamiento para el queso Grana Padano,
—
0,56 EUR por tonelada y día de almacenamiento para el queso Parmigiano-Reggiano,
—
0,40 EUR por tonelada y día de almacenamiento para el queso Provolone.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2007:588:oj#art-1