Art. 17
Calidad de los estuches
En vigor desde 23 may 2007
Artículo 17
Calidad de los estuches
Sin perjuicio de los requisitos del anexo II, capítulo X, del Reglamento (CE) no 852/2004, los estuches deberán ser resistentes a los golpes, estar secos, limpios y en buen estado de mantenimiento y estar fabricados con materiales que protejan a los huevos de olores extraños y posibles alteraciones de la calidad.
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