Art. 1
En vigor desde 21 may 2007
Artículo 1
El Reglamento (CE) no 1429/95 queda modificado como sigue:
1)
En el artículo 3, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:
«3. La casilla 22 incluirá una de las indicaciones que figuran en el anexo.».
2)
Se añadirá como anexo el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento.
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