Art. 1

Art. 1

En vigor desde 15 may 2007
Artículo 1 1.   Queda abierto el contingente arancelario de importación contemplado en el anexo I para los productos del sector de la carne de aves de corral originarios de los Estados Unidos de América de los códigos NC que figuran en dicho anexo. El contingente arancelario se abrirá anualmente para el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de junio del año siguiente. 2.   En el anexo I se fijan las cantidades de productos que pueden acogerse al contingente indicado en el apartado 1, el derecho de aduana aplicable y el número de orden correspondiente.
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