Art. 1

Art. 1

En vigor desde 10 may 2007
Artículo 1 Con respecto a la licitación parcial que concluye el 10 de mayo de 2007, el importe máximo de la restitución por exportación de los productos mencionados en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 958/2006, será de 35,085 EUR/100 kg.
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