Art. 17
Entrada en vigor
En vigor desde 16 abr 2007
Artículo 17
Entrada en vigor
El presente Acuerdo, redactado por duplicado en lengua alemana, checa, danesa, eslovaca, eslovena, española, estonia, finlandesa, francesa, griega, húngara, inglesa, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca, portuguesa y sueca, cuyos textos son igualmente auténticos, entrará en vigor en la fecha en que las Partes se notifiquen el cumplimiento de los procedimientos necesarios a tal efecto.
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