Art. 1
Ámbito de aplicación
En vigor desde 16 abr 2007
Artículo 1
Ámbito de aplicación
El presente Acuerdo establece los principios, normas y procedimientos que regulan:
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la cooperación económica, financiera, técnica y científica en el sector pesquero con el fin de establecer una pesca responsable en aguas gabonesas para garantizar la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros y desarrollar el sector pesquero en Gabón,
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las condiciones de acceso de los buques pesqueros comunitarios a las aguas de Gabón,
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las cooperación relativa a las disposiciones de control de las actividades pesqueras en aguas gabonesas con objeto de garantizar el cumplimiento de las citadas condiciones, la eficacia de las medidas de conservación y de gestión de los recursos pesqueros y la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada,
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las asociaciones entre empresas tendentes a desarrollar actividades económicas en el sector pesquero y actividades afines, en aras del interés común.
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