Art. 47
Descripción de los sistemas de gestión y control
En vigor desde 26 mar 2007
Artículo 47
Descripción de los sistemas de gestión y control
La descripción de los sistemas de gestión y control del programa operativo, a la que se refiere el artículo 71, apartado 1, del Reglamento de base, contendrá información sobre los puntos mencionados en el artículo 57 de ese mismo Reglamento, así como la información establecida en los artículos 48 y 49 del presente Reglamento.
Dicha información se presentará de acuerdo con el modelo que figura en la parte A del anexo XII del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2007:498:oj#art-47