Art. 15 · Actuación en caso de sospecha de clamidiosis

Art. 15

Actuación en caso de sospecha de clamidiosis

En vigor desde 23 mar 2007
Artículo 15 Actuación en caso de sospecha de clamidiosis Si, durante la cuarentena en una instalación o un centro de cuarentena autorizados, se sospecha o confirma que hay psitaciformes infectadas de Chlamydophila psittaci, todas las aves de la partida se tratarán según un método autorizado por la autoridad competente y la cuarentena se prolongará, como mínimo, dos meses a contar desde la fecha del último caso registrado.
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