Art. 1

Art. 1

En vigor desde 8 mar 2007
Artículo 1 Con respecto a la licitación parcial que concluye el 7 de marzo de 2007, el importe máximo de la restitución por exportación de los productos mencionados en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 38/2007, será de 347,70 EUR/t.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2007:254:oj#art-1