Art. 22 · Disposición derogatoria

Art. 22

Disposición derogatoria

En vigor desde 19 feb 2007
Artículo 22 Disposición derogatoria 1.   A partir del 1 de enero de 2007, quedan derogados los instrumentos siguientes: — Reglamento (CE, Euratom) no 99/2000, — Decisión 98/381/CE, Euratom, — Decisión 2001/824/CE, Euratom. 2.   Los instrumentos derogados seguirán siendo aplicables a los actos jurídicos y los compromisos relativos a la ejecución de los ejercicios anteriores a 2007.
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