Art. 1
En vigor desde 8 feb 2007
Artículo 1
Con respecto a la licitación parcial que concluye el 8 de febrero de 2007, el importe máximo de la restitución por exportación de los productos mencionados en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 958/2006, será de 27,796 EUR/100 kg.
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