Art. 26.tit_1
Condiciones para la introducción de descripciones de nacionales de terceros países sujetos a una medida restrictiva tomada en virtud del artículo 15 del Tratado de la Unión Europea
En vigor desde 20 dic 2006
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2006:1987:oj#art-26.tit_1