Art. 1 · Establecimiento y finalidad general del SIS II

Art. 1

Establecimiento y finalidad general del SIS II

En vigor desde 20 dic 2006
Artículo 1 Establecimiento y finalidad general del SIS II 1.   Queda establecido el Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II). 2.   El SIS II tiene por finalidad, con arreglo a lo dispuesto en el presente Reglamento, garantizar un alto nivel de seguridad dentro del espacio de libertad, seguridad y justicia de la Unión Europea, incluidos el mantenimiento de la seguridad y el orden públicos y la salvaguardia de la seguridad en el territorio de los Estados miembros, y aplicar las disposiciones del título IV de la Tercera parte del Tratado relativas a la circulación de personas en dicho territorio, con la ayuda de la información transmitida por este sistema.
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