Art. 21
Presentación de solicitudes fuera de plazo
En vigor desde 20 dic 2006
Artículo 21
Presentación de solicitudes fuera de plazo
Salvo en los casos de fuerza mayor o de circunstancias excepcionales, la presentación de una solicitud de ayuda fuera de los plazos señalados con arreglo a lo dispuesto en el artículo 19 dará lugar a una reducción del 1 % por día hábil de los importes a los que el beneficiario habría tenido derecho si hubiese presentado la solicitud en el plazo previsto. Si el retraso es de más de 25 días civiles, la solicitud se considerará inadmisible.
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