Art. 19
Modificación del Reglamento (CE) no 1905/94
En vigor desde 20 dic 2006
Artículo 19
Modificación del Reglamento (CE) no 1905/94
En el artículo 11 del Reglamento (CE) no 1905/94, el apartado 8 se sustituye por el texto siguiente:
«8. Tratándose de los importes fijados en el marco de las acciones contempladas en los artículos 3, 4 y 5, el hecho generador del tipo de cambio es aquel a que se refiere el artículo 2, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1913/2006 de la Comisión (*8).
(*8)
DO L 365 de 21.12.2006, p. 52.»."
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